Estructura del TPR
| Árbitros | Secretaría |
Árbitros
El Protocolo de Olivos (PO) en su artículo 18 dispone que cada Estado Parte designará 1 (un) árbitro titular y 1 (un) árbitro suplente para integrar el Tribunal Permanente de Revisión (TPR), por un período de dos (2) años, renovables por no más de dos períodos consecutivos.
El quinto Árbitro será elegido por unanimidad de los Estados Partes por un período de 3 años, no renovable salvo acuerdo en contrario de los Estados Partes. Éste tendrá nacionalidad de alguno de los Estados Partes del MERCOSUR. No lográndose unanimidad, la designación se hará por sorteo.
Son cinco árbitros de disponibilidad permanente, debido a que una vez que acepten la designación deberán estar disponibles de modo permanente para actuar cuando se los convoque. Ello significa que no despachan a diario en la Sede del TPR.
El artículo 4 de las Reglas de Procedimiento (CMC/DEC Nº 30/05) establece que el mandato de los integrantes del TPR se contará a partir de la respectiva designación por el órgano competente del MERCOSUR.
Por CMC/DEC Nº16/11 se designó a los Miembros del TPR para el periodo del 28 de junio del 2011 al 28 de junio de 2013.
Árbitros titulares:
Dr. Carlos María Correa (Argentina)
Dr. Welber Barral (Brasil)
Dr. Roberto Ruiz Díaz Labrano (Paraguay)
Dr. José María Gamio (Uruguay)
El Quinto Árbitro, el Dr. Jorge Luiz Fontoura Nogueira fue designado, por unanimidad, para el periodo del 15 de diciembre de 2011 al 15 de diciembre de 2014, por la CMC/DEC Nº29/11.
Árbitros Suplentes:
Dr. Marcelo Antonio Gottifredi (Argentina)
Dr. Alberto do Amaral Júnior (Brasil)
Dr. Carlos Sosa Jovellanos (Paraguay)
Dr. Washington Baliero (Uruguay)
La presidencia del TPR es ejercida en forma rotativa conforme al orden alfabético de los Estados Partes y el Quinto árbitro, durando cada presidencia un (1) año. En el supuesto de imposibilidad para el ejercicio, la presidencia estará a cargo de quien suceda en el orden de rotación enunciado.
